Comunicación con empatía e inteligencia emocional

Comunicación con empatía e inteligencia emocional

Mildred Dolores Mata

Diciembre 2016, Santiago RD.

No sé si fue Daniel Goleman, psicólogo escritor del NewYorkTimes, y escritor del libro Inteligencia Emocional, y de otros, o si fue su esposa, psicóloga, Tara Bennett, Budista, que escribió el libro Alquimia Emocional, uno de los dos narró en uno de esos libros que decidieron pasar un año sabático en un lugar campestre, con cañas, ríos, etcétera, junto a sus hijos/as. Ambos son esposos. Tenía él un motor para trasladarse, cuando no caminaban.
Daniel Goleman, psicólogo, autor inteligencia emocional, pareja de Tara Bennet 
Tara Bennett, psicóloga, pareja de Daniel Gleman


Hicieron un listado de los temas que generaban tensión en la comunicación y en su relación de pareja. Para tratarlos durante ese año. Llegaron al acuerdo de que cuando comenzaran un tema y la conversación llegara a un punto en el que se sintiera uno/una tenso, herido, sintiese dolor…que lo dejarían en suspenso. Luego, cuando la persona afectada se sintiese recuperada en serenidad para continuar el tema, se seguía el diálogo. Sí querían llegar a superar esas áreas de tensión para mejorar la relación. Y los dos querían hacerlo con sinceridad, honestidad, profundidad, amor y respeto. No querían que el diálogo los separa más o los hiriera, y buscaron esa forma, pues querían una relación constructiva.
Uno de los temas fue que la esposa quería comprar electrodomésticos frigidaire, sin una explicación racional, a él le molestaba su rigidez y que no considerara sus puntos de vista. Y ella lloraba y no se podía expresar racionalmente.
Llegaron a clarificar que las emociones de ella con comprar frigidaire venía de que en la crisis recesión en USA en el 1929, su padre, que era vendedor por pueblos de distintas empresas, sólo pudo conservar las ventas de la frigidaire, y ella se quedó atascada emocionalmente a esa situación de agradecimiento, pero no estaba muy consciente. El ejercicio de comunicación con esa dinámica de empatía, inteligencia emocional y asertividad, hizo que en esa área la relación mejorara, y que ante los eventos de compra de electrodomésticos se pudieran entender con sensibilidad.
Pienso que trayendo esto a grupos, chats, deberíamos tener algo de so en cuenta. Saber cuándo un diálogo, un intercambio conviene pararlo, y retomarse en un ambiente de apertura, y escucha.
Trabajar estos temas en nuestros grupos, con expertas/expertos en comunicación sana, podríamos tenerlo presente para las y los que queramos mejorar en esas áreas, y así como nos juntamos para intercambiar ideas y conocernos podríamos hacer algo así, contratar a alguien y organizar eso. Es una idea a cada grupo que quiera mejorar en el buen trato.

Sobre el aborto terapéutico y las/los evangélicos. Por José Dunker

Explicaciones sobre casos donde hay que hacer aborto terapéutico.  Mildred D Mata

José Dunker
Por José Dunker.

Semblanza
diciembre 22, 2016

Carta abierta sobre al aborto.

SANTO DOMINGO, R.D.
22 de diciembre, 2016

A MIS HERMANOS Y HERMANAS EN LA FE:

Me siento triste y avergonzado por el papel que hemos hecho con el tema del aborto, en relación al nuevo Código Procesal Penal.

Este papel no solo contradice el espíritu de las Escrituras, sino que aleja a la juventud y a la clase pensante de la confianza en la Iglesia.

Mis hermanos, ¡es que no hay regla sin excepción! El mismo Dios que dijo: “no matarás”, es el que ordenó a Moisés destruir a las naciones cananeas sumidas en la degeneración. De modo que, matar es malo, pero una guerra justa puede ser una excepción. Excepción es también cuando se mata en defensa propia.

Estoy sorprendido que algunos de ustedes hablen en contra del “aborto terapéutico” como si se tratara de una abominación. ¿En cuál pasaje de las Escrituras se basan para sostener una posición tan difícil de entender? ¿Es que desconocen las situaciones en las que un médico se puede ver obligado a informar a sus pacientes que no es posible salvar las dos vidas, y que tienen que escoger? ¿No es lo mismo que pasó en el Titanic, cuando se decidió salvar a las mujeres y a los niños?

En mi condición de profesional de la Medicina les recuerdo cinco situaciones en las que se justifica el “aborto terapéutico”.

Primero, embarazo ectópico: el cigoto se anida fuera del útero y si no se extrae puede provocar ruptura de la trompa con hemorragia y posible muerte de la mujer.

Segundo, mola hidatiforme: un feto se transforma en tumor maligno, y si no se saca muere junto con la madre.

Tercero, cáncer uterino de la mujer: si no se saca la matriz, se muere la mujer, y se muere el niño.

Cuarto, cardiopatía severa en la que una junta de médicos concluye que la mujer no resistiría un embarazo completo, y si muere la mujer, se muere también el niño.

Quinto, ruptura de membranas e infección fetal: si no se detiene el embarazo, se muere el niño, y también se muere la madre.

En estas situaciones, muy raras por cierto, el médico es quien propone interrumpir el embarazo por causa de la madre. No se trata, como dicen otros, de un supuesto derecho a decidir de la madre, sino de una situación lamentable en la que no se puede salvar la madre y el niño, y tenemos que escoger.

Ante hechos médicos tan evidentes, ¿no deberíamos ser nosotros, los creyentes, quienes saliéramos a la calle a reclamar por el derecho del médico a salvar la vida de estas mujeres?

Lamento mucho enfrentar a algunos de ustedes que son mis hermanos y hermanas que quiero de todo corazón, pero, mi impresión es que al declarar la guerra al aborto terapéutico hemos dado muy mal testimonio a nuestra generación, y esto nos quita autoridad moral para hablar sobre otros temas.

He consultado autores cristianos en los que confío, y difieren claramente de esta posición ultraconservadora que se ha hecho predominante.

John Stott confirma su posición pro-vida, pero propone como punto de consenso lo siguiente: “no se puede quitar la vida humana EXCEPTO EN CASOS DE NECESIDAD PERENTORIA” (p.344), e incluye la anencefalia como una de estas excepciones.

John Piper, citado en un documento de la Bethlehem Baptist Church, declara lo siguiente: “Si Dios ya está quitando la vida de un niño en el vientre de su madre – a través de una anomalía catastrófica u otro contratiempo, y si está claro que el bebé no podría sobrevivir fuera del vientre, y que dejándolo pone en peligro la vida de la madre- en esas circunstancias yo no creo que pecamos en contra del bebé ni en contra de Dios sacando el bebé y salvando a la madre”.

Billy Graham ha declarado tajantemente lo siguiente: “Debemos aceptar el aborto en estos casos: violación o incesto o si el parto es una amenaza a la vida de la madre” (“Prolife Discussions”).

Cristian Peralta, bioeticista y sacerdote jesuita, afirma que en estos casos (embarazo ectópico, cáncer uterino, etc.) “no se contradice el principio moral de no matar”, y señala que “la píldora de un día después”, en casos de violación o incesto, “es aceptada… por la Conferencia Episcopal Alemana, después de haber consultado a la Congregación para la Doctrina de la fe y a la Academia Pontificia para la Vida del Vaticano”.

Admito que algunos puntos son controversiales, y no nos podremos poner de acuerdo, pero, ojalá pudiéramos hacer consenso por lo menos en este punto: ABORTO POR PRESCRIPCIÓN MÉDICA, no como derecho a decidir de la mujer, sino como un supremo recurso para salvar la vida de la madre. No se trata de aprobar el aborto, sino de reconocer la excepción.

Si hacemos este consenso, digámoslo abiertamente para que nadie suponga que defendemos la vida del niño, pero menospreciamos la vida de la mujer.

Con mi mayor respeto,

José Dunker L.
22/xii/2016

Ritmos desiguales


Aguas lejanas saborean las manos
pensamientos,  sentir, serenos
noches suaves, persistentes, en construcciones de afectos
plasticidad de la bondad;  abunda la dignidad primero
luego el oro
en las vulnerabilidades integradas
son las huellas comprensivas   sal de la tierra.
La protección mutua
se pasea por  todo el universo.

Mildred D Mata
23.12.2016
Santiago, RD.

¿Porqué las 3 eximentes para despenalizar el aborto en el Código Penal?. Por Francisco Álvarez Valdez (Pancho)

Abortemos el abuso
Francisco Álvarez Valdez, Pancho. Presidente de Profamilia y es coordinador de Participación Ciudadana

Francisco Alvarez Valdez - 27 de julio de 2016 -

La decisión de la Cámara de Diputados de aprobar el Código Penal eliminando las causales eximentes de responsabilidad en caso de aborto, constituye un verdadero abuso contra la vida, la dignidad y los derechos humanos de la mujer, y todo esto a cambio de nada, pues los abortos seguirán produciéndose, nadie será condenado como no lo ha sido hasta ahora, pero muchas mujeres pobres seguirán muriendo por tener que recurrir a personal y establecimientos no calificados que ponen en peligro su vida.

Reinaldo Pared ha dicho que no es necesario incluir el aborto terapéutico en el Código Penal, pues ya está contemplado en el artículo 42, ordinal 3 de la Constitución. Ese texto lo que señala es que nadie puede ser sometido a experimentos y procedimiento sin su consentimiento, excepto que su vida esté en peligro, lo que no resuelve el tema del aborto terapéutico, que desde el punto de vista constitucional es básicamente un conflicto entre los derechos fundamentales de la mujer y del feto. Pero si el senador Pared llevara razón, entonces ¿cuál es el problema de establecerlo además en el Código Penal como causa eximente de responsabilidad en los casos de aborto?

La exclusión de la causal cuando el feto sufre una malformación que hace inviable su vida es otro abuso mayúsculo contra las mujeres, pero siempre contra las mujeres pobres, puesto que las de clase media y alta encontraran médicos que les realizarán el aborto en condiciones seguras, sin ningún riesgo de tipo penal, aunque esté sancionado, como ha ocurrido desde siempre. Pedirle a una mujer, por ejemplo,  que continúe el embarazo en un caso de anencefalia, es decir, un feto sin cerebro, es más que un abuso, es una crueldad sin parangón.

Y qué decir cuando se trata de un embarazo ectópico, en el que el feto se desarrolla fuera del útero, sin probabilidad de sobrevivir, pero sobre todo poniendo en altísimo riesgo la vida de la mujer.

Leía recientemente la historia de una niña de diez años embarazada de su padre, a la que las autoridades obligaron a continuar el embarazo debido a la prohibición existente. Esto ocurre sencillamente porque los derechos de la mujer en esas condiciones no son tomados en cuenta.

De acuerdo con datos del Estado Mundial de la Infancia 2007 la niñas menores de quince años tienen cinco veces más probabilidad de morir como consecuencia del embarazo que las mayores de veinte años. Pero no solo afecta a la mujer, pues en las mujeres embarazadas con menos de diez y ocho años sus hijos tienen 60% más probabilidad de morir durante el primer año.

El trato cruel e inhumano que damos a las mujeres embarazadas en estas condiciones se ha divulgado internacionalmente, como se recoge en el siguiente resumen divulgado por la web: “República Dominicana. Rosaura era una joven de 16 años que fue internada en julio de 2012 después de un cuadro de fuerte malestar y a quien le diagnosticaron leucemia. El imprescindible y urgente tratamiento contra la enfermedad no fue aplicado porque al día siguiente se detectó que Rosaura tenía un embarazo de 7,2 semanas con signos de daño fetal y sangrado vaginal con amenaza de aborto y cérvix cerrado. Pese a las recomendaciones y a su pedido y al de su madre, las autoridades del hospital decidieron no practicar un aborto por estar, según indicaron, “prohibido por la Constitución”. Veinticuatro días después de llegar al hospital, Rosaura tuvo un aborto espontáneo y al día siguiente, a las 8 de la mañana, falleció.” (http://www.infobae.com/2016/05/21/1813070-onu-la-prohibicion-absoluta-del-aborto-viola-la-convencion-contra-la-tortura/).

El artículo 37 de la Constitución establece que “el derecho a la vida es inviolable desde la concepción hasta la muerte”. El artículo siguiente señala que “la dignidad del ser humano es sagrada, innata e inviolable.” Estos derechos le corresponden al nasciturus (el que va a nacer), pero también a la mujer embarazada. No cabe duda de que en muchos casos se produce un choque de derechos fundamentales, que tiene que ver con la vida y la dignidad de ambos, y el remedio que ofrece la propia Constitución viene dado en su artículo 74, ordinal 4, cuando señala que “los poderes públicos interpretan y aplican las normas relativas a los derechos fundamentales y sus garantías, en el sentido más favorable a la persona titular de los mismos y, en caso de conflicto entre derechos fundamentales, procurarán armonizar los bienes e intereses protegidos por esta Constitución.”

Tal como lo señala Claudio Aníbal Medrano, en la Constitución Comentada, editada por Finjus,  “el ordenamiento jurídico no reconoce la existencia de derechos absolutos (PINTO ET AL: 1997, pág. 165), aunque si inderogables (CARRILLO SALCEDO: 1995, pág. 17). Los derechos humanos consagrados por el orden jurídico son esencialmente relativos, y como tales susceptibles de ser reglamentados (CD: arts. 5, 6 y 74.2; CADH arts. 29 al 32), por eso, afirma Mónica Pinto, algunos derechos pueden ser objeto de restricciones legítimas en su ejercicio, e incluso de suspensión extraordinaria (1997: 165)”.

En el caso del aborto terapéutico, en el que la vida de la madre está en peligro, si no es posible salvar las dos vidas, debe favorecerse una de ellas, y la lógica, la razón, indica que debe escogerse la de la mujer, que distinto al nasciturus, ya ha creado vínculos de distinta naturaleza con personas (puede tener madre y padre, hijos, hermanos, esposo, etc.), de tipo laboral, social, económica, religiosa.  No tengo duda alguna que este caso pasa sin dificultad el test de idoneidad, necesidad y proporcionalidad para determinar si la intervención del legislador se ajusta a la Constitución, pero, sin embargo, la Cámara de Diputados borró en minutos, con un golpe de mallete, la disposición del proyecto de Código Penal que establecía esta causal como eximente de responsabilidad penal en caso de aborto.

Nuestros diputados cometieron este desatino a pesar de que las voces más sensatas de la sociedad, incluyendo la iglesia católica y evangélica, están de acuerdo con el aborto terapéutico, y prefirieron llevarse de los extremistas, cuyos votos fueron contados el 15 de mayo pasado y se demostró que no tienen fuerza electoral alguna. Lo hicieron dándoles la espalda a las mujeres pobres y a la mayoría de la población que de acuerdo con la CID GALLUP 2015, aprueba el aborto terapéutico en un 77% (http://acento.com.do/2015/actualidad/8291238-encuesta-revela-77-dominicanos-apoya-aborto-si-la-madre-esta-en-peligro/).

Si el proyecto es aprobado en el Senado, tal cual lo envió la Cámara de Diputados, toda la atención se concentrará en el presidente Medina, quien podrá nuevamente aumentar su capital político sencillamente siendo coherente con su posición anterior, cuando observó el mismo proyecto de código solicitando que se incluyeran como eximentes de responsabilidad penal las tres causales de aborto ya comentadas.

La fórmula que proponen algunos que favorecen la promulgación para evitar retrasar la entrada en vigencia de la nueva normativa penal, dejando el tema del aborto para una “ley especial”, será seguida mayoritariamente por aquellos que quieren mantenernos entre los cinco países del mundo que prohíben el aborto en forma absoluta. Todo el mundo sabe que las mismas razones que impiden aprobar el Código Penal con las eximentes de responsabilidad en caso de aborto que propuso el presidente Medina, impedirán también la aprobación de esa “ley especial”, y que si no hay voluntad política para aprobarlo en el Código tampoco la habrá para aprobarlo en una “ley especial”.

Si desean sacar el tema del aborto del Código Penal, lo técnicamente correcto sería que se eliminara el capítulo completo relacionado con el aborto, tanto el texto que lo penaliza como sus excepciones, para dejarlo a una ley especial. Pero claro, eso no lo querrán los que promueven la penalización del aborto en forma absoluta, pues no caerán en su propia trampa.

Algunos comentaristas, como Euri Cabral, señalan que cuando el presidente observó el  Código Penal, no fue bien informado. Quienes así piensan tienen un pobre concepto del presidente Medina, quien viene manejando por décadas este tema del aborto desde el punto de vista político. Su observación al proyecto de Código Penal se inscribió en la misma línea de decisiones suyas sobre Bahía de Las Águilas y Barrick Gold, es decir, hacer lo que se considera justo y útil para la sociedad, como lo manda el principio de razonabilidad consagrado en nuestra Constitución.

Referencia: http://acento.com.do/2016/opinion/8368013-abortemos-el-abuso/

Despenalización del aborto. Reconoce derechos de las mujeres veto Danilo Medina. Por Rosario Espinal

Repito: bien hecho, Señor Presidente. Por Rosario Espinal 


En 2014 publiqué el artículo que leerán a continuación cuando el presidente Danilo Medina observó el Código Penal por la penalización total del aborto. En esta ocasión, en que por segunda vez el presidente Medina observa el Código por el mismo motivo, aprovecho para reiterar lo dicho entonces. Reproduzco aquí ese artículo con pequeñas adaptaciones de tiempo y espacio.
Con la observación y las explicaciones sobre los eximentes que la sustentan, el presidente Danilo Medina ha marcado una diferencia histórica para gestar una sociedad de derechos humanos y reproductivos de las mujeres.
El aborto podría verse como un asunto insignificante en la constelación de problemas que afectan la sociedad dominicana; pero no es así. Podría verse como un tema exclusivo de las feministas; pero tampoco es así. Podría considerarse amoral, pero no siempre lo es.
Como señala la observación presidencial, hay circunstancias donde procede despenalizar el aborto. Es el caso cuando peligra la vida de la madre, cuando el embarazo es producto de una violación sexual o incesto, y cuando hay deformaciones que impiden la vida. Pero a pesar de lo obvio, siempre hay opositores furibundos.
A quienes se oponen al aborto cuando peligra la salud de la madre, hay que decirles que los legisladores no tienen derecho a condenar una mujer a la muerte porque se complique un embarazo. ¿Qué harían esos opositores si una hija enfrentara la muerte por un embarazo? Apuesten que la mayoría aceptaría la interrupción.
A quienes se oponen al aborto en caso de violación sexual hay que preguntarles: ¿qué harían si una hija es violada y queda embarazada por un acto aberrante y criminal? Apuesten que la mayoría se inclinaría por la interrupción.
La evidencia internacional es clara: la penalización total del aborto no reduce los abortos, por el contrario, los aumenta.
Un estudio del Instituto Guttmacher con datos de 1997 a 2003 muestra que en Europa Occidental, donde el aborto es permitido en el primer trimestre del embarazo, la tasa promedio de abortos fue de 12 por 1000 mujeres en edad reproductiva, mientras en los países subdesarrollados donde se penaliza totalmente, la tasa fue 29 por 1000.
Cuando el aborto está prohibido totalmente, las mujeres acuden a prácticas inadecuadas para inducírselo. Eso afecta negativamente la salud de las mujeres y es una causa de mortalidad materna. Las mujeres de menores ingresos son las más expuestas al aborto inseguro y sus consecuencias.
Despenalizar el aborto no significa obligar a nadie a hacerlo. Significa que el Estado permite la interrupción del embarazo para quien tome esa decisión ante situaciones adversas establecidas legalmente. Esa es la norma en la mayoría de los países latinoamericanos.
Como la iglesia católica y las evangélicas han llevado la voz cantante en la oposición total al aborto, es importante recordarles que lo pecaminoso en lo religioso no constituye necesariamente un delito público que deba conllevar penas.
La legislación sobre el aborto no debe responder a dogmas religiosos, sino a derechos civiles. Las religiones pueden intentar convencer a sus feligreses de que nunca aborten, pero es injusto que lo impongan a toda la sociedad.
Un sistema democrático debe ser respetuoso de la libertad de culto, y la República Dominicana lo es; pero un Estado democrático no puede legislar solamente para satisfacer dogmas, sino para garantizar una pluralidad de derechos civiles a la sociedad.
Bien hecho, Señor Presidente, por haber observado el Código Penal. Ahora, a los legisladores que actúen con la sensibilidad, sensatez y valentía del presidente Medina. Hasta el Papa Francisco ha flexibilizado con el perdón la oposición al aborto.

Católicas por el Derecho a decidir (CDD-RD). Reconocimiento Danilo Medina Veto penalización aborto en Código Penal



Declaración de Católicas por el Derecho a Decidir en República Dominicana, CDD-RD

Reconocimiento al Presidente Danilo Medina

20 de diciembre 2016

Como movimiento autónomo de personas católicas y feministas, comprometidas con la búsqueda de justicia social en nuestro país, reconocemos la coherencia del presidente Danilo Medina quien, como lo hiciera en diciembre de 2014, vetó el Código Penal reformado por el Congreso dominicano, para que se le introduzca las mismas tres eximentes que entonces sugiriera la penalización absoluta del aborto.

Como católicas y feministas trabajamos por el cambio de los patrones culturales que limitan en nuestras sociedades y por la autonomía de las personas, especialmente de las mujeres, actuando a partir del pensamiento teológico feminista que afirma la justicia social, la interculturalidad y la validez moral de las decisiones tomadas por las mujeres.

Y como mujeres cristianas, nos sentimos reflejadas en las expresiones y argumentos de su carta de ayer dirigida al presidente del Senado dominicano. Su visión certera de lo que la Constitución expresa en la realidad de nuestro país, recuerda que hay situaciones extremas, y las describe muy bien en la misiva, “que representan circunstancias excepcionales que requieren un tratamiento diferente”.

En el mes de noviembre pasado, el Papa Francisco aprobó que los sacerdotes puedan perdonar libremente el pecado del aborto, sin que tengan que disponer antes de autorización de un obispo o del propio Pontífice, como ocurría hasta ahora, más allá del finalizado año de la Misericordia, entendiendo e insistiendo en la necesidad de empatizar con las otras personas y sus circunstancias y, pidiéndoles a los sacerdotes sean los primeros que den ejemplo en ese sentido.

 “No podemos olvidar que cada uno lleva consigo el peso de la propia historia que lo distingue de cualquier otra persona. Nuestra vida, con sus alegrías y dolores, es algo único e irrepetible, que se desenvuelve bajo la mirada misericordiosa de Dios” afirmaba el Pontífice. “Esto exige, sobre todo por parte del sacerdote, un discernimiento espiritual atento, profundo y prudente para que cada uno, sin excluir a nadie, sin importar la situación que viva, pueda sentirse acogido concretamente por Dios”.
El presidente Medina entiende esas situaciones particulares que refiere Francisco, como también los principios jurídicos legales lo hacen, pero sobre todo, el ciudadano presidente está claro que los asuntos religiosos no deben caminar con los de Estado, porque son dos cosas totalmente diferentes.

Como dijera el Papa Francisco, en el mes de junio pasado, en una entrevista a la revista católica francesa La Croix: “Un Estado debe ser laico. Los Estados confesionales terminan mal. Esto va contra la Historia. Creo que una laicidad acompañada de una sólida ley que garantice la libertad religiosa ofrece un marco para avanzar”.

Católicas por el Derecho a Decidir en República Dominicana, reconocemos al Presidente Medina por recordar que las leyes no pueden obligar a las mujeres a lo imposible, y recordar que nuestro Estado dominicano es aconfesional.

Finalmente como Católicas, esperamos que nuestra iglesia respete las decisiones que las mujeres tomamos a conciencia y comprenda que ninguna mujer aborta con alegría en su corazón, ésta es una decisión difícil, pero sin lugar a dudas, responsable.

Iglesias y aborto: un tema plural. Caso niña Carmen en Brasil, marzo 2009

Se va avanzando en la lucha por la despenalización del aborto en tres causales en el Código Penal en discusión en República Dominicana

Va un reconocimiento a la observación del Código Penal enviado desde el Congreso (Senado) por parte del Presidente Danilo Medina

¡Viva la unidad de hombres y mujeres por la igualdad, la equidad, la justicia, en compartir bienes, poder, espacios, roles e identidades libres, viva la lucha por mujeres empoderadas!

Por Mildred Dolores Mata
Santiago, RD. 20.12.2016

Pueblito de organizaciones y amigas /os

Feministas de República Dominicana tenemos unos 15 años luchando por la despenalización del aborto por 3 eximentes:

1) Vida mujer en peligro si no se hace aborto. Ejemplo del caso Esperancita, Rosaura Almonte, por priorizar feto se pospuso quimio, tenía leucemia, expulsó feto, murió desangrada, contrariado sus deseos y los de su madre). http://acariciando.blogspot.com/2012/08/muere-esperanza-rosaura-almonte-j-por.html

Rosaura Almonte, Esperancita, fallecida por Código Penal impedir el aborto, 2014, RD

2) Otra eximente es, interrupción de embarazo fruto de violación y también por incesto, primeras 12 semanas.

3) Por feto genéticamente incompatibilidad con vida viable.

El 19.12.2016, el presidente Danilo Medina observó el proyecto Código Penal que penalizaba el aborto de manera absoluta.  Y volvemos al Código Penal del 1884. http://balanzalegal.com/leyes/2016/09/14/codigo-penal-de-la-republica-dominicana/  Y seguiríamos siendo  uno de los seis (6) países en todo el mundo, unos 200 países, que penalizan el aborto de manera absoluta.

Esto dejaría en desamparo a las mujeres pobres, que en esas circunstancias, ponen su vida en peligro con abortos inseguros y clandestinos.

Esta lucha podría seguir siendo larga por fundamentalismos de parte jerarquías en iglesias que presionan congresistas. A pesar de que el 77% de RD apoya aborto de la mujer en peligro con prioridad (Gallup Latinoamericana, 2015) y 32 % por violación. Pero parte del Congreso en los últimos años ha tenido un accionar poco democrático y de espaldas al pueblo. http://acento.com.do/2015/actualidad/8291238-encuesta-revela-77-dominicanos-apoya-aborto-si-la-madre-esta-en-peligro/

Francisco Álvarez defiende 3 causales despenalización, Presidente Profamilia y ex Coordinador de Participación Ciudadana

Los argumentos que sostienen las 3 casuales eximentes para despenalizar en el Código Penal  son analizadas opor Francisco Álvarez, presidente de Profamilia, y ex coordinador de Participación ciudadana http://acento.com.do/2016/opinion/8368013-abortemos-el-abuso/

El rector PUCMM, Ramón Alfredo de la Cruz Baldera ha dicho el debate se está dando desde el efundamentalismo (Diario Libre, 15 diciembre 2014). http://www.diariolibre.com/noticias/el-nuevo-rector-de-la-pucmm-critica-el-fundamentalismo-en-debate-aborto-DDDL926041

 En la Iglesia Católica el aborto no puede ser un dogma, pues eso el hecho nunca han estado todas y todos de acuerdo. Incluso en el Vaticano en su más alto nivel, el Rector de la Academia Pontificia para la Vida del Vaticano, Rino Fisichella, y el vocero del Papa, en ese entonces, Federico Lombardi, cuestionaron al arzobispo de Brasil, de la región de Olinda Recife, al obispo José Cardoso Sobrino, por excomulgar familiares y personal médico que hizo aborto a niña llamada Carmen, de 9 años, embarazada por violación de mellizos, y si no se hacía aborto moría. http://medicina.udd.cl/centro-bioetica/files/2010/08/aborto-de-ni%C3%B1a.pdf

Lo importante es que se está democratizando el debate, y se está conociendo la verdad de los hechos, no mentiras ni manipulaciones, contra la mujer, y con hechos que  generalizan y se muestran ofensivos contra la mujer.

¡Viva el conocimiento  científico, las distintas creencias ideológicas, por una sociedad que ame las mujeres, que le reconozca conciencia, ciudadanía plena y derecho a la vida, con prioridad y libertad, seguridad,  salud sexual y reproductiva, anticonceptivos, educación sexual para prevenir embarazos no deseados, proyectos de vida con oportunidades para la autonomía y el rompimiento con la cultura patriarcal o machista y la subordinación de la mujer tratada como objeto sexual e inferior!

¡Viva la unidad de hombres y mujeres por la igualdad, la equidad, la justicia, en compartir bienes, poder, espacios, roles e identidades libres, empoderadas!

Mildred D Mata
Santiago, República Dominicana, 20.12.2016

Anexo:

Análisis en documento que narra las contradicciones en parte de la jerarquía de Iglesia Católica de Brasil y el Vaticano por el aborto a la niña Carmen, por tener la vida en peligro.
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http://medicina.udd.cl/centro-bioetica/files/2010/08/aborto-de-ni%C3%B1a.pdf

Aborto en niña de 9 años con embarazo gemelar producido por violación

Representante vaticano: Reacción inadecuada ante la niña brasileña

Representante vaticano lamenta que la enseñanza de la Iglesia “haya aparecido como inmisericorde”

CIUDAD DEL VATICANO, lunes 16 de marzo de 2009.

El presidente de la Academia Pontificia para la Vida, el obispo Rino Fisichella, publicó este domingo un artículo en el periódico vaticano “L’Osservatore Romano”, en el que deplora lo sucedido en el caso de la niña brasileña, y juzga “precipitada” la declaración del arzobispo de Olinda y Recife sobre la excomunión de quienes han participado en el aborto.

El caso estalló a primeros de marzo, cuando a una menor brasileña de 9 años, 133 centímetros de estatura y 36 kilos de peso, violada repetidamente por su padrastro, le fue practicado el aborto de los mellizos que esperaba.

La polémica se endureció cuando monseñor José Cardoso Sobrino, arzobispo de Olinda y Recife, excomulgó a la madre y a todos los miembros del equipo médico, lo cual generó graves críticas contra la Iglesia en Brasil.

Monseñor Fisichella lamenta la precipitación en la condena en un caso moralmente tan delicado como éste, y afirma que “no era necesaria tanta urgencia y publicidad en declarar un hecho que se realiza de forma automática”, en referencia a la excomunión latae sententiae.

De lo que “se siente mayormente necesidad en este momento es el signo de un testimonio de cercanía con el que sufre, un acto de misericordia que, aun manteniendo firme el principio, es capaz de mirar más allá de la esfera jurídica”, explica monseñor Fisichella.

Es verdad que la niña “llevaba dentro de sí vidas inocentes como la suya, aunque fruto de la violencia, y han sido suprimidas; sin embargo, esto no basta para dar un juicio que pesa como una condena”, añade.

Abrazar antes que condenar 
Monseñor Fisichella lamenta la imagen dada por la Iglesia en este caso, pues “antes que pensar en la excomunión, era necesario y urgente salvaguardar la vida inocente de esta niña, y devolverla a un nivel de humanidad de los que nosotros, hombres de Iglesia, deberíamos ser expertos anunciadores y maestros”.

En este caso, esta niña “debía haber sido en primer lugar defendida, abrazada, acariciada con dulzura para hacerle sentir que estamos todos con ella”, admitió. La reacción “apresurada” del arzobispo de Recife, lamenta monseñor Fisichella, ha hecho que se resienta la credibilidad de la enseñanza de la Iglesia, “que parece a los ojos de muchos como insensible, incomprensible y privado de misericordia”.

Si bien insiste en que el caso de la condena del aborto como un mal intrínseco es uno de los principios morales “de los que la Iglesia no puede prescindir aunque quisiera”, recuerda también que el presente caso “era muy delicado”, y que “tratarlo de forma expeditiva no hace justicia” ni a la frágil persona de esta niña ni a cuantos se han visto envueltos en los hechos.

Otra cosa que lamenta el prelado es que casos como éste, por desgracia, “habría pasado inobservado, como tantos otros similares si no fuera por el fragor de las reacciones suscitadas por la intervención del obispo”.
“La violencia sobre una mujer, ya grave de por sí, asume una valoración más condenable cuando quien la sufre es una niña, con el agravante de la pobreza y la degradación social en que vive”. “No hay palabras adecuadas para condenar episodios como éste”, añade el prelado.

Dilema médico
 El presidente de la Academia Pontificia para la Vida afirma que este caso era muy delicado, y que dar juicios taxativos no hace justicia a la verdad, ya que para los médicos se planteaba un dilema moral muy grave.
Respecto a esta niña, “a causa de su jovencísima edad y de las precarias condiciones de salud, su vida estaba en serio peligro por el embarazo en curso. ¿Cómo actuar en estos casos? Decisión ardua para el médico y para la propia ley moral”.
 “Escenas como ésta, aunque con una casuística diferente, se repiten diariamente en las salas de reanimación, y la conciencia del médico se encuentra sola consigo misma en el momento de decidir qué es mejor hacer”.
Para cualquier médico, a no ser que se haya vuelto insensible, “una elección como esta de deber salvar una vida sabiendo que pone en serio peligro una segunda, no es vivida fácilmente”, añade.
“Nadie, en cualquier caso, llega a una decisión de este tipo con desenvoltura; es injusto y ofensivo sólo pensarlo”, afirma.

 El estupro, crimen gravísimo 
En el mismo sentido, el presidente de la Conferencia Nacional de los Obispos de Brasil, monseñor Geraldo Lyrio Rocha, arzobispo de Mariana, lamentó públicamente la semana pasada que “el aspecto más repugnante de este caso haya quedado diluido ante la polémica por la excomunión”.
Sin embargo, como ya señaló la Conferencia en una nota del 6 de marzo, la cuestión verdaderamente grave es “el aumento de casos de abusos a menores en el país”, tema “sobre el que la conciencia nacional debe ser despertada”.
 Asimismo, el prelado recordó que la pena de la excomunión “no es sinónimo de condenación al infierno, sino que se trata de un acto disciplinar de la Iglesia”, que pretende “llamar la atención de las conciencias sobre un acto intrínsecamente grave, del que la gravedad a veces no existe una percepción clara”.
También recordó que monseñor Cardoso “no ha excomulgado a nadie”, ya que la excomunión es automática al realizarse el aborto, según la ley de la Iglesia.
 Además, aclaró, “para incurrir en excomunión, la persona precisa tener conciencia de la gravedad del acto y libertad para practicarlo”, lo que excluye en este caso a la menor y seguramente también a la madre, “que actuaron bajo presión”.

Hondo sentir

Amor filial


Taladrar de rocas, hondo estar, tierra adentro
vibrar con las neuronas en empatía adorable
sentir gozo
madre agradecida: hijo, hija,
¡Qué viva el amor!

Declaro sentirme agradecida por nuestra prole
Ada Kueilan y Carlos Sujou
abrazo celeste con las amplias aguas y con las mansas nubes
mientras toco en su piel flores multicolores
y beso el aroma de sus existencias.


Mildred D Mata
14.12.2016

Santiago de los Caballeros, RD

Por la institucionalidad de la justicia contra el sicariato. Por Negro Veras

Negro Veras se expresa siguiendo teniendo confianza por la lentitud de la justicia para la condena ante el intento de asesinato de su hijo Jordi Veras.

Mildred D Mata
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A  los 78 meses de la tentativa de asesinato contra mi hijo Jordi
Ramón Antonio Veras, Negro

Por: Ramón Antonio Veras.
  
1.-  Una acción criminal teñida de sangre no sólo daña a la víctima directa, sino que sus consecuencias alcanzan a familiares, seres queridos y a la parte más sensible y limpia de la sociedad. Las  secuelas del crimen, su derivación, a veces van más  allá de los objetivos dañinos perseguidos  por los autores y patrocinadores.
 
2.- La tentativa de asesinato contra mi hijo Jordi, ejecutada el 2 de junio de 2010, le causó lesiones permanentes en su cuerpo, y las mismas ha repercutido en forma terrible  en todo  su entorno, y particularmente a mí  en el orden de salud y emocional.  Pero nada, el hecho ocurrió, Jordi  no lo provocó y yo nunca pensé que un acto tan abominable llegaría a alcanzar a uno cualquiera de mis hijos.
 
3.-Han transcurrido  78 meses desde que sucedió el operativo de sicariato   financiado por Adriano Román y ejecutado por un equipo profesional del crimen. Durante este  tiempo, arrastrando ese hecho doloroso, he tratado de cumplir con mi responsabilidad como padre y compromiso con la comunidad dominicana que le repugna la impunidad e indiferencia ante el delito.
 
4.- No estoy formado  para cargar   pesares, anidar rencores  ni vivir bajo pesadilla. Debo seguir adelante  sin tormentos, quejas ni gemidos. El caso de mi hijo Jordi es mío, como también los han sido las de otros dominicanos  y dominicanas a quienes ante la injusticia, con satisfacción y sin paga alguna, ni espera de agradecimiento, he prestado mi concurso y solidaridad plena.
 
5.- En el caso de mi hijo Jordi, mentalmente he hecho una especie de pacto irrevocable con la perseverancia, tenacidad y tozudez porque me siento encadenado con el  deber de que triunfe la justicia y aferrado al ideal de que en los tribunales sea vencido la criminalidad en la modalidad de sicariato en el crimen organizado.
 
 6.-   Ha sido un logro para mí permanecer con vida durante todo el período de la investigación  y proceso judicial  del expediente que en forma ininterrumpida he alojado  en mi mente por más de seis (6)  años, soportando pesadumbres de todo tipo. Quiero   continuar formando parte del mundo de los vivos por lo menos hasta que finalice el trance,  la dificultad que la criminalidad organizada, pagada por Adriano Román, colocó como tormento en el centro de mi familia  quitando la tranquilidad espiritual  que creí tener derecho al llegar a mi tercera edad.
 
7.- Mientras tanto me mantengo a la espera de los resultados de los recursos de casación interpuestos. Aguardo con la creencia de que la justicia imperará a la expectativa  para ver si termina mi calvario. La desesperación y la desesperanza nunca han estado en mí, porque soy persona de convicciones, constancia e ideales.
 
 
8.- Finalmente, aprovecho la ocasión para hacer del conocimiento de la opinión pública nacional lo siguiente:
 
a.-) Que no  escapa a mi conocimiento el interés de Adriano Román, de estar en su casa planificando y pagando nuevos crímenes, y que el deseo suyo de irse a su hogar coincide  con la intención de algunas personas, por conveniencia económica, de que así sea.
 
b.-) A los  desesperados por obtener  dinero a cambio de que Adriano Román, regrese a su morada,  les recuerdo que legalmente el Centro de Corrección y Rehabilitación Rafey Hombres, es el  único lugar donde le corresponde permanecer  a  Román.
 
c.-) El estado de salud de Adriano Román,  y la autorización concedida  para contraer matrimonio, no puede ser utilizado para favorecerlo con fines inconfesables.  Los   movimientos del señor Román,  mientras permanezca cumpliendo condena,  interesan a la seguridad pública, a la sociedad y a toda mi familia.
 
 
 
Santiago de los Caballeros,
2 de diciembre de 2016.