Por la vida de las mujeres: Foro Feminista y No retroceso en el Proyecto de Código Penal en RD

FORO FEMINISTA

RECHAZAMOS  DISPOSICIONES DEL PROYECTO DE CODIGO PENAL   Y DEMANDAMOS RESPETO A DERECHOS HUMANOS DE LAS MUJERES

El Foro Feminista declara como inaceptables, por desconocedoras de derechos humanos de las mujeres, disposiciones contenidas en el Proyecto de Código Penal Dominicano aprobado en primera lectura en el mes de octubre por la Cámara de Diputados.

El texto aprobado contiene artículos que representan retroceso y negación de derechos fundamentales de las mujeres, derechos que ya forman parte de nuestro ordenamiento jurídico, como los consignados en la Ley 24-97 que introdujo modificaciones al Código Penal vigente.  Destacan entre esas disposiciones, las siguientes:

Eliminación de la sanción a la violencia de género contra las mujeres
En el texto de la propuesta de Código Penal elimina la sanción a la violencia de género contra las mujeres. Es decir que de aprobarse ese Código Penal sólo se reconocerá como violencia contra las mujeres la que se produce entre miembros de una familia, desconociendo la realidad de violencia que enfrentan diariamente las mujeres en otros ámbitos de socialización, como centros educativos, organizaciones sociales, comunitarias o políticas. Esto constituye un grave retroceso respecto a al 24-97.  

Sólo considera grave la violencia intrafamiliar cuando se cause la muerte de la víctima, una incapacidad permanente o por más de 90 días. 
La propuesta de Código Penal condiciona a “daños corporales de consideración” las circunstancias agravantes de la violencia doméstica o intrafamiliar.  Sólo se considera agravante cuando causa la muerte a la víctima, una incapacidad permanente o por más de 90 días.  En contraste, en la 24-97 las agravantes dependen de las circunstancias en que se comete el hecho, como portando armas o en presencia de niños/as, condiciones referidas a los hechos cometidos por el agresor y no a los daños ocasionados y verificables en el cuerpo de la víctima. 

Reduce la pena al acoso sexual
El acoso sexual se sanciona en este proyecto de Código Penal con un día a un año de prisión menor, es decir, la cuantía más baja de penas dentro de la escala de prisión menor. La reducida sanción a este tipo de violencia ignora la dimensión y nocivas repercusiones que tiene el acoso sexual en la vida de quienes deben enfrentarlo.

Encubre una violación sexual a una menor de edad
Dentro de las infracciones de la sección “puesta en peligro de los menores de edad”, se ubica el atentado sexual contra una persona menor de edad quien ha sido sustraída de la casa parental, castigándose ese hecho con una pena de dos a tres años de prisión menor. Esa sanción es diez veces más baja que la establecida para la violación de un/a menor de edad y la misma que se estipula para quien comete un robo simple.

Se sanciona como Femicidio sólo el asesinato de una mujer cuando es cometido por su pareja actual o pasada. 
Aunque incorpora la figura del femicidio, el nuevo proyecto de Código Penal lo restringe a la relación de pareja, con lo cual excluye  todos los asesinatos de mujeres que se producen por su condición de mujer fuera de ese vínculo.

Se sanciona la interrupción del embarazo en todas las circunstancias.
Se mantiene la retrógrada criminalización del aborto, desatendiendo reclamos sostenidos y fundamentados de las mujeres por la eliminación de esas penas, en reconocimiento de una realidad de miles de dominicanas de escasos recursos que cada año arriesgan su salud y sus vidas con abortos clandestinos e inseguros. La penalización del aborto en todas las condiciones constituye una violación a derechos humanos de las mujeres: su derecho a la vida, a la salud, a la integridad personal, a la dignidad, a la libertad de conciencia y de cultos, y derecho al libre desarrollo de la personalidad, entre otros.     

A través de estas disposiciones u omisiones el proyecto de Código Penal  desconoce convenios internacionales sobre derechos humanos de las mujeres ratificados por el Estado dominicano, así como a la misma Constitución de la República que en su Artículo 42 inciso 2) establece lo siguiente: “Se condena la violencia intrafamiliar y de género en cualquiera de sus formas. El Estado garantizará mediante ley la adopción de medidas necesarias para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer”. 

Frente a esta grave amenaza, demandamos de la Cámara de Diputados la modificación y/o eliminación de las disposiciones contenidas en el proyecto de Código penal que implican retroceso e impunidad ante la violación del derecho de las mujeres a una vida libre de violencia.


Santo Domingo, 12 de noviembre, 2012