Soy integrante del Foro Feminista. Acá lo que opinamos sobre el Proyecto de Código Penal leído en primera lectura en la Cámara de Diputadas y Diputados el 16 de Octubre del 2012 en la República Dominicana. Explicamos los derechos de las mujeres que se violentan y los retrocesos que implican este Proyecto de Código Penal. El próximo miércoles 24 hay una protesta frente al Congreso a las 8:30 PM.
Mildred Dolores Mata
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FORO
FEMINISTA
RECHAZAMOS DISPOSICIONES DEL PROYECTO DE CODIGO PENAL
DEMANDAMOS RESPETO A DERECHOS HUMANOS DE LAS
MUJERES
El
Foro Feminista y las organizaciones de mujeres aquí presentes declaramos como
inaceptables, por inconstitucionales y desconocedoras de derechos humanos, disposiciones
fundamentales contenidas en el Proyecto de Código Penal Dominicano aprobado en
primera lectura el martes 16 de octubre por la Cámara de Diputados.
La compañera Alina Ramírez del Foro Feminista lee la nota de prensa que aparece más abajo. La acompañan Lourdes Contreras, Sergia Galván, María Díaz, entre otras. |
El
texto aprobado contiene artículos que representan retroceso y negación de derechos
fundamentales de las mujeres, derechos que ya forman parte de nuestro
ordenamiento jurídico, como los consignados en la Ley 24-97 que introdujo
modificaciones al Código Penal vigente. Ningún Estado que se precie de Democrático
de Derecho, comprometido con la progresividad de los derechos humanos, puede
permitirse echar para atrás en el reconocimiento y protección de esos derechos.
Eliminación de la sanción a la violencia de género contra
las mujeres
En el texto de Código Penal en discusión
se identifican importantes retrocesos respecto a la Ley 24-97 como la
eliminación de la sanción a la violencia de género contra las mujeres. El
resultado de esa mutilación es la restricción de ese tipo de violencia a la que
se produce entre miembros de una familia, concepto que desconoce totalmente la
realidad de violencia que enfrentan diariamente las mujeres en este país. Las
alarmantes cifras de más de 62,374 denuncias de violencia de género e
intrafamiliar reportadas en el año 2011 por la PGR, y las 5,657 denuncias por delitos
sexuales contra mujeres, dan cuenta de esta realidad, todavía oculta y sub-registrada.
Sólo considera grave la violencia intrafamiliar
cuando se cause la muerte de la víctima, una incapacidad permanente o por
más de 90 días. Constituye igualmente retrocesos
con relación a la 24-97 la disposición que condiciona a “daños corporales de consideración” las
circunstancias agravantes de la violencia doméstica o intrafamiliar. Sólo se considera agravante cuando causa la
muerte a la víctima, una incapacidad permanente o por más de 90 días. En contraste, en la 24-97 las agravantes
dependen de las circunstancias en que se comete el hecho, es decir, en
presencia de niños/as, portando armas, coartando la libertad de la mujer, entre
otras condiciones referidas a los hechos cometidos por el agresor y no a los
daños ocasionados y verificables sólo en el cuerpo de la víctima.
Reduce la
pena al incesto
El incesto en el
texto de nuevo Código no establece la máxima pena para esta infracción,
desconociendo con ello los graves daños y secuelas que deja en la vida de un
niño o niña este tipo de abuso sexual, al tiempo que excluye de la tipificación
del incesto la filiación adoptiva como posible vínculo entre la víctima y el
autor/a del hecho.
Reduce la pena al acoso sexual
El
acoso sexual se sanciona en este proyecto de Código Penal con un día a un año
de prisión menor, y contrario a lo que sería necesario frente a las
características y dimensión del problema en la sociedad dominicana, siguen las
limitaciones para las mujeres con relación a la falta de compensación frente a
la pérdida de trabajo y otras repercusiones del acoso sexual.
Encubre una violación
sexual a una menor de edad
Dentro de las infracciones de la sección “puesta en peligro
de los menores de edad”, se ubica el atentado sexual contra una persona
menor de edad quien ha sido sustraída de la casa parental, castigándose ese
hecho con una pena de dos a tres años de prisión menor. Esa sanción es diez
veces más baja que la establecida para la violación de un/a menor de edad y la
misma que se estipula para quien comete
un robo simple.
El Femicidio y la penalización
de aborto en todas las circunstancias:
Aunque
incorpora la figura del femicidio, el nuevo proyecto de Código Penal lo restringe
a la relación de pareja, con lo cual excluye
todos los asesinatos de mujeres que se producen por su condición de
mujer fuera de ese vínculo. Datos de la PGR informan 1,382 casos de femicidios desde el año 2005 a noviembre
del 2011. De este total, 660 fueron asesinatos de mujeres cometidos por hombres
con quien la víctima no tuvo o tenía una relación de pareja.
Para
culminar con el desapego del referido proyecto a las demandas de las
organizaciones de mujeres, se mantiene la retrógrada criminalización del aborto,
desatendiendo reclamos sostenidos y fundamentados de las mujeres por la
eliminación de esas penas, en reconocimiento de una realidad de miles de
dominicanas de escasos recursos que cada año arriesgan su salud y sus vidas con
abortos clandestinos e inseguros. La penalización del aborto en todas las
condiciones y etapas de la gestación constituye una violación a los derechos
humanos de las mujeres: su derecho a la vida, a la salud, a la integridad
personal, a la dignidad, a la libertad de conciencia y de cultos, derecho al
libre desarrollo de la personalidad, entre otros.
Todas
estas omisiones, vacíos y distorsiones implican una violación a los convenios
internacionales sobre derechos humanos de las mujeres ratificados por el Estado
dominicano, así como a la misma Constitución de la República que en su Artículo
42 inciso 2) establece lo siguiente: “Se condena la violencia intrafamiliar y de género en cualquiera de sus formas. El
Estado garantizará mediante ley la adopción de medidas necesarias para
prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer”.
Este mandato constitucional está siendo claramente transgredido por el proyecto
de Código Penal.
Frente
a todo lo anterior, demandamos de la Cámara de Diputados la protección de los
derechos de las mujeres y de la niñez sancionando su violación en la ley penal,
en cumplimiento del deber del Estado de garantizar la protección de los
derechos de todas las personas, incluyendo a las mujeres quienes representan la
mitad de la población dominicana.
Santo
Domingo, 22 de octubre, 2012